“Europa se acostumbró a los gritos de quienes intentan llegar a la orilla” (Vincent Delecroix)
- Fundación Camino Vital

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Actualizado: hace 6 días
El artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce el asilo como un mecanismo para quienes huyen de la persecución. Sin embargo, este principio concebido para proteger vidas en riesgo, se ha convertido en uno de los temas más tensos en las agendas políticas globales. En varios países, el debate se ha dado en torno a narrativas centradas en la seguridad, dejando en segundo plano la humanidad de quienes buscan protección.
La OIM estima que en 2024 había alrededor de 120 millones de personas desplazadas en el mundo. De ellas, 36,9 millones cruzaron una frontera en busca de refugio, mientras que 83,4 millones permanecen desplazadas dentro de su propio país. En cada etapa del desplazamiento, millones enfrentan riesgos extremos: explotación, violencia y redes de tráfico que convierten la vulnerabilidad humana en un negocio lucrativo.
En este contexto, el nuevo Pacto Europeo sobre Migración y Asilo (PEMA) introduce diez normas vinculantes que transforman la manera en que la Unión Europea controla sus fronteras, gestiona las solicitudes de protección y distribuye responsabilidades entre los estados miembros. Organizaciones como OXFAM Intermón han advertido sobre los riesgos de implementar una lógica de externalización que delega la gobernanza migratoria y la responsabilidad de la acogida en terceros países mediante acuerdos de financiación. También persisten dudas jurídicas respecto al procedimiento de “screening” en frontera. Human Rights Watch ha señalado que, al realizarse en espacios de régimen cerrado, podría derivar en privaciones de libertad de facto.
Además, la permanencia en centros de retención o detención migratoria genera efectos específicos sobre las mujeres. Según el informe “Experiences and challenges faced by migrant women affected by immigration detention, 2025” de la International Detention Coalition y ONU Mujeres, el hacinamiento y la ausencia de espacios segregados incrementan los riesgos de acoso y violencia basada en género. A ello se suman carencias en salud integral, acceso limitado a servicios de salud sexual y reproductiva, atención prenatal y elementos básicos de higiene menstrual.
En el plano psicosocial, la privación de libertad en contextos administrativos puede reactivar traumas previos vinculados a la violencia en el país de origen. La ausencia de personal femenino especializado y la aplicación de lógicas punitivas profundizan la situación de vulnerabilidad de las solicitantes, afectando sus derechos fundamentales durante la evaluación de sus casos. Esta realidad, ampliamente documentada, también ha sido explorada en la película Dreamers (2025) dirigida por Joy Gharoro‑Akpojotor, en donde se retrata con sensibilidad cómo la incertidumbre, el miedo y la falta de garantías pueden marcar profundamente la experiencia de mujeres migrantes atrapadas en trámites formales que no consideran sus necesidades específicas.
Una investigación que publicó Le Monde recoge testimonios de mujeres que sufren depresión y angustia luego de pasar meses en el Centro de Retención Administrativa (CRA) de Metz-Queuleu en Francia, donde detienen a mujeres adultas y a hombres adultos en situación irregular, y a solicitantes de asilo. Según su nombre es un lugar donde se retiene a las personas inmigrantes, mientras se soluciona administrativamente su situación. Pero es un centro de detención, no un albergue de tránsito. Si se tiene en cuenta que son personas que huyen de una situación difícil y amenazadora en sus lugares de origen y han atravesado largas distancias en condiciones complejas y precarias, en vez de encontrar tranquilidad y orientación para enfrentar la nueva etapa, en estos centros se incrementan los riesgos mentales.
Si bien el Pacto Europeo sobre Migración y Asilo (PEMA) establece la obligación de identificar de forma prioritaria a solicitantes con necesidades específicas de vulnerabilidad como mujeres, personas con discapacidad y menores de edad, la práctica demuestra que es importante escuchar y aprender de las experiencias acumuladas por organizaciones, comunidades y las propias mujeres migrantes. Incorporar estos aprendizajes es clave para evitar que la detención migratoria siga reproduciendo vulnerabilidades que pueden y deben ser prevenidas.
Los estados tienen derecho a gestionar sus fronteras. Sin embargo, como ha señalado la ONU, un sistema migratorio ordenado y basado en los principios de derechos humanos atiende las legítimas preocupaciones de seguridad y garantiza el respeto de los derechos de las personas refugiadas y migrantes. Proteger estos derechos no es una opción regulatoria; es un pilar del estado de derecho y de la solidaridad internacional. La ley puede establecer procedimientos pero, cuando en nombre de la protección de unos se habilita la vulneración de otros, deja de ser un instrumento de justicia y se convierte en una práctica a transformar.
Desde la Fundación Camino Vital reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos de las personas en movilidad humana, convencidas de que ninguna política migratoria puede considerarse legítima si no reconoce, ante todo, la dignidad de quienes se desplazan. Por ello, continuamos documentando y divulgando tanto las acciones que fortalecen sus derechos como las situaciones de discriminación, instrumentalización o vulneración que enfrentan en contextos de migración y desplazamiento forzado. En un debate donde con frecuencia se pierde de vista lo esencial, insistimos en lo fundamental: las personas migrantes son personas, con historias, miedos y esperanzas. Merecen respeto y trato digno.

“Dejar morir es el resultado de la indiferencia y de no
querer ver a los migrantes como personas singulares"
(Vincent Delecroix).

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